César Arakaki y Daniel Ruiz son inocentes

Condenan a luchadores populares

Los hechos

El 18 de diciembre de 2017 se llevó adelante la segunda movilización contra la reforma previsional de Macri. El primer intento fue el 14/12, cuando la sesión se levantó sin que se pudiera votar el proyecto rechazado por miles de trabajadores. El escenario del 14 fue el de una represión feroz por parte de fuerzas policiales, con la particular intervención de fuerzas federales al mando de Patricia Bullrich. El ataque del Estado hacia manifestantes y transeúntes terminó con un centenar de detenidos y diputados y manifestantes heridos por las fuerzas represivas, adolescentes abusadas. La razzia incluyó llevarse detenidos a varios transeúntes ocasionales. Esta situación la vivió el joven Esteban Rassano, de 19 años, por entonces quien permaneció detenido durante dos meses en el penal de Marcos Paz cuando ni siquiera se había movilizado.

Como el juez aún no dio sus argumentos pero coincidió plenamente con el pedido de sentencia del fiscal García Elorrio, vamos a responder tal cual lo hicieron en el alegato las abogadas de Apel, Claudia Ferrero y Liliana Alaniz, a cada figura penal que le adjudicó el fiscal.

Las acusaciones penales

En primer lugar, fue refutada la figura de “intimidación pública”. Retomando imágenes que se encuentran en la causa pero que el fiscal prefirió no utilizar, las abogadas de César demostraron que la única intimidación pública que existió fue por parte de las fuerzas represivas del Estado, bajo la orden política de meter miedo para desanimar la movilización: las descripciones e imágenes son escalofriantes: policías atropellando a jubilados, policías echando gas pimienta en la cara de un hombre mayor totalmente solo parado en una esquina, delito por el cual jamás pagó el policía. Sin embargo, el enojo popular se transformó en mayor disposición para luchar y por eso la movilización se acrecentó, se sumaron cacerolazos contra las detenciones y la represión, y todo se transformó en un búmeran para el gobierno que pensaba sacar la reforma laboral también y no pudo hacerlo.

El alegato muestra lo ridículo de la pretensión del fiscal García Elorrio de que un manifestante entre miles, sin ningún tipo de ascendente sobre la población que se movilizaba, pudiera “intimidar a la población” y muestra sí la extensa capacidad y ejercicio de intimidación que el Estado despliega con sus fuerzas represivas. Las abogadas defensoras de César mostraron la absoluta parcialidad del fiscal, que apoyó la pena de “prisión en suspenso” que se le dictó a un policía que atropelló deliberadamente con su moto a un manifestante, mientras que pide (y el juzgado le otorgó) pena de “prisión efectiva” para Arakaki y Ruiz. El montaje del Estado es total: “La fiscalía decidió ocultar todo el accionar policial con una clara intención de criminalizar la protesta social”, dice Liliana Alaniz en su alegato. Sabemos que no está fundada la acusación del fiscal, porque no pudo dar cuenta del dolo, porque omite presentar la situación en su conjunto (…) ni siquiera la descripción de los hechos que hace el fiscal es adecuada y recordamos que la propia cámara rechazó el delito de ‘intimidación pública’, destacando la existencia de continuidad horaria (en el accionar de César)” que echan por tierra la posibilidad de que César estuviera actuando coordinadamente y conspirando con otros. “Todos los hechos se dieron en situación de una acción masiva pero son de carácter individual”, destaca la abogada. Las conductas descriptas por el fiscal no encuadran en el dispositivo legal en juego. No es punible la intimidación pública en sí misma sino en la medida en que pueda ser fuente de tumultos y desorden. En el suceso bajo análisis no hubo personas que actuaran de forma “tumultuosa” a consecuencia de señales o gritos de alarma ejecutados por Arakaki o Ruiz; por el contrario, todo eso ocurrió por el accionar de las fuerzas de seguridad”, describió claramente la abogada.

La sentencia es política, fuerzan los hechos para incurrir en un fallo aleccionador contra el pueblo que lucha contra el ajuste. Las expresiones de Patricia Bullrich, responsable directa de la represión en la jornada del 14, luego de la sentencia contra nuestros compañeros, es clara en ese sentido: “ojalá esta condena sea ejemplificadora. Las manifestaciones sin razón solo estancan al país”, dijo.

Otra de las figuras penales que se le adjudican a César Arakaki es haber producido “heridas graves” contra el policía Brian Escobar, quien fue querellante en esta causa hasta marzo de 2020, cuando se retiró luego de una audiencia contundente en la que las abogadas de Arakaki demostraron palpablemente que no había sido César el ejecutor de las lesiones. Los medios no tuvieron empacho en colocar en tapa la condena a los manifestantes; sin embargo, esta información no fue prácticamente difundida.

Para imputarle esta acusación, el fiscal vuelve a incurrir en una completa fabulación sobre los hechos. Las imágenes que más difundieron los medios sobre César se tomaron luego de una intensa represión por parte de la Policía de la Ciudad. En dichas imágenes, César tiene en sus manos “dos palitos deshilachados”, como describió la abogada Ferrero, dos pedazos de caña, un material absolutamente inocuo para producir daño o, para ser más exactos, un material con el cual es imposible producir los daños que Brian Escobar tenía en una parte de su cabeza.

Sin embargo, tal como relata la abogada Claudia Ferrero, en su alegato fabulado el fiscal agrava aún más esta figura penal al no poder demostrar que César fuera el autor de las lesiones transitorias que tuvo en su cabeza el policía, intenta adjudicarle también otras lesiones en otras partes del cuerpo que nunca existieron. Ante este hecho, la abogada Ferrero recuerda que el propio compañero de Escobar, otro policía que declaró en la causa, Barreto, manifiesta que él mismo revisó las piernas de Escobar estando internado y que en esa parte del cuerpo el policía no había sido herido por “las varillas” que César tenía en sus manos.

Estamos en presencia de un “lawfare” sufrido por los sectores populares, una modalidad de acción política del régimen que no es objeto de repudio por los que digitan al Poder Judicial y los usan para estos fines.

El significativo hecho de que la persona damnificada, el policía herido, se retirara de la causa, no fue ni siquiera mencionada por el fiscal García Elorrio.

En su alegato, la fiscalía habla de “coautoría de hechos premeditados”. Sobre esto, la abogada dice “no hay ninguna prueba que muestre que César conociera a otros y el fiscal, por supuesto que no tiene elementos para demostrarlo”, sencillamente porque no conocía de antes a ninguno de los detenidos de esta causa. Ni siquiera conocía previamente al otro coimputado, Daniel Ruiz.

Arakaki y Ruiz son víctimas hoy de un armado político en el terreno judicial, de la fabulación al servicio del poder político por parte del funcionario del Estado y fiscal de la causa, García Elorrio, de la arbitrariedad del juez Ríos y antes de una elevación a juicio ficcional por parte del juez de instrucción Torres, amigo personal de varios personeros del gobierno actual, responsable de detenciones absurdas en aquellas jornadas como la que ejecutó en la plaza Alsina de un enfermo psiquiátrico al que mantuvo detenido durante más de un mes en el penal de Ezeiza, sometiendo a su madre, una mujer mayor, a todo tipo de vejaciones hasta que logró liberarlo. También fue obra del mismo armado el juez Torres en la detención de un militante del Partido Obrero que no había ido a la movilización porque estaba en el trabajo, lo que introduce un principio de espionaje de militantes para descargar sobre ellos falsas acusaciones.

Como dijimos desde el comienzo, esta es una causa política que busca aleccionar al pueblo para que no se organice para enfrentarse al ajuste, que tiene una absoluta continuidad entre el gobierno de Macri y el de los Fernández.

https://prensaobrera.com/libertades-democraticas/fuerte-repudio-al-fallo-condenatorio-de-arakaki-y-ruiz/