Movilizar por y con las niñeces es un derecho y una necesidad, no un delito

La Convención de los Derechos del Niño y el derecho a la manifestación.

Niñes y adolescentes son sujetos políticos.

La cuestión de la presencia de niñes y adolescentes en las manifestaciones dio lugar a un amplio ataque por parte del gobierno, en el marco del intento de cercenar el derecho a la protesta. Es un cuestionamiento a la responsabilidad parental y el cuidado personal de las niñeces, pero solo de aquellas madres y padres sin recursos que salen a la calle a pelar por un plato de comida, porque la misma ministra antipiquetes celebra cuando salen los dueños de los tractores y las “familias bien”. Por parte de quienes están agigantando la pobreza de las familias, recortando la asistencia a comedores populares donde se alimentan miles, ajustando en educación y salud, la “defensa de las infancias” es una impostura. Esa defensa corre por cuenta de las organizaciones piqueteras, que contienen a pibas y pibes en los barrios. En esta nota nos vamos a centrar en mostrar que la legislación Argentina garantiza el derecho de niñes y adolescentes a movilizarse, como sujetos políticos que son y que tienen urgentes necesidades por las cuales luchar.

En las vísperas de la movilización convocada para el 20 de diciembre a Plaza de Mayo, la diputada oficialista del Frente Republicano Liberal Marina Kienast se refirió a los dichos del legislador del Partido Obrero Gabriel Solano acerca de la presencia de las niñeces en las movilizaciones, y condenó la “utilización” de los menores “como escudo humano para cortar las calles”. “Esta misma gente que priva a menores a educarse llevándolos a marchas, es la que nos quiere hacer creer que son los máximos defensores de los derechos humanos”, manifestó, y remarcó que “un legislador, que fue elegido por los ciudadanos, no puede decir semejantes barbaridades. Por eso aplaudo las nuevas reglamentaciones, que buscan ponerle fin a la presencia de niños en las manifestaciones” (Parlamentario, 20/12).

Entre los ataques del gobierno de Milei y de su ministra Bullrich para amedrentar a quienes nos movilizamos al cumplirse 22 años del Argentinazo y luego en repudio al mega DNU inconstitucional que ataca nuestros derechos fundamentales, apuntaron contra la presencia de niñeces y adolescentes en las manifestaciones populares con la falacia de que “constituye un delito”. Pero el Código Penal argentino no lo establece así. Por el contrario, el derecho a la manifestación y a ser oídes es un derecho constitucional reconocido por la Convención de los Derechos del Niño (CDN), a la cual argentina adhirió en 1990 y en 1994 le otorgó rango constitucional.

El derecho a expresarse, junto con el de ser escuchados, aparece recogido en el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño aprobada por la ONU en 1989, que es el tratado de derechos humanos más ratificado del mundo: sólo uno de los 197 Estados miembro no lo ha hecho: Estados Unidos. La CDN supuso un hito, no solo por reconocer a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos sino también por tener como objeto facilitar su participación en la sociedad. El derecho de la libertad de expresión (artículo 13) y de reunión que incluye la asociación y participación en manifestaciones pacíficas (artículo 15) sitúa a los niños, niñas y adolescentes como sujetos activos en la defensa de sus derechos, pudiéndolo ejercer tanto de manera individual como de forma colectiva.

La Observación general núm. 20 (2016) sobre la efectividad de los derechos del niño durante la adolescencia lo establece concretamente: “D. Derecho a ser escuchado y a la participación 23. De conformidad con el artículo 12 de la Convención, los Estados parte deben adoptar medidas para garantizar el derecho de los adolescentes a expresar sus opiniones sobre todas las cuestiones que los afecten, en función de su edad y madurez, y velar por que estas se tengan debidamente en cuenta, por ejemplo, en decisiones relativas a su educación, salud, sexualidad, vida familiar y a los procedimientos judiciales y administrativos. Los Estados deben asegurarse de que los adolescentes participen en la elaboración, aplicación y supervisión de todas las leyes, políticas, servicios y programas pertinentes que afecten su vida, en la escuela y en los ámbitos comunitario, local, nacional e internacional. Los medios en línea ofrecen numerosas oportunidades nuevas para intensificar y ampliar la participación de los adolescentes. Como complemento de las medidas, es necesario introducir mecanismos de denuncia y reparación seguros y accesibles con competencia para examinar las denuncias formuladas por los adolescentes y brindarles acceso a servicios jurídicos gratuitos o subvencionados y otros tipos de asistencia apropiada”.

Por lo demás, todos los derechos políticos y sociales reconocidos en los instrumentos internacionales de DDHH, que tienen rango constitucional en nuestro país, incluyen a todos los rangos etarios.

Según Unicef, “Argentina se caracteriza por tener una sociedad civil activa, que se moviliza de diferentes formas por diversas causas sociales. (…) El país cuenta con leyes e instituciones que promueven los derechos de la niñez en los medios de comunicación. Sin embargo, aún existen retos en términos de estigmatización, invisibilidad, subrepresentación y discriminación contra los niños y adolescentes en los medios de comunicación. Mientras que el 64,3% de los adolescentes dice que le gustaría dar su opinión sobre los temas que les interesan, el 77% considera que sus opiniones no tienen influencia” (https://www.unicef.org/argentina, “Comunicación y moviilización social”).

Por su parte, Amnistía internacional estima que a lo largo del planeta hay alrededor de 2.300 millones de niños, niñas y adolescentes, casi un tercio de la población mundial, que tienen plena capacidad de protestar de forma pacífica y alzar la voz así como de expresar sus opiniones con libertad, al igual que las personas adultas. Y tienen mucho que decir, sobre todo en aquellos temas que les afectan más directamente.

La participación de las niñeces y adolescentes es entendida como el derecho fundamental que tienen todes, en su calidad de personas, para incidir en la toma de decisiones que afecten -directa o indirectamente- su desarrollo y calidad de vida Al respecto, Martínez (2014) señala: “Ejercer el derecho a la participación, posibilita (…) su reconocimiento (el de los niños y las niñas) como sujetos titulares de derecho, miembros de una comunidad, cuya voz no debe hacer parte de los sonidos del silencio, ni de los alienados políticos, sino que propende hacia el desarrollo de su autonomía como forma de ir construyendo de manera activa su propio desarrollo” (p. 22).

Las niñeces y adolescentes son actores políticos que interactúan inevitablemente en el contexto social que estamos viviendo, problematizan, piensan, resignifican los problemas, proponiendo y manifestando sus inconformidades, acompañades por quienes ejercen su responsabilidad parental y garantizar según la CDN su autonomía progresiva. En los espacios de participación colectiva se garantiza de esa manera: en las asambleas, las movilizaciones, las reuniones, garantizamos colectivamente el cuidado y el acompañamiento.

Sin embargo, el gobierno pretende hacer mella en las posturas más conservadoras y retrógradas sobre las infancias, considerándolas una etapa de inmadurez, incapacidad y total protección, y sosteniendo que la política es “cosa de adultos” y no de niñes, en tanto estos no cuentan con un pleno desarrollo y carecen de elementos para ejercer su derecho a la participación política activa, Conciben a las niñeces como “objetos” que pueden ser “trasportados” a las movilizaciones. Y eso sin plantear una alternativa, como podrían ser espacios de cuidados gratuitos para las niñeces que no deseen concurrir a las movilizaciones, por ejemplo.

¿Cómo podría ser ajeno a las niñeces que viven en barrios populares el recorte de alimentos en los comedores? Es allí donde se garantiza alimentación elemental y sus derechos básicos de manera colectiva, se organizan sus cumpleaños, días de las niñeces, fiestas de fin de año, colectas por útiles escolares, etc.

Las niñeces y adolescencias no están al margen de la conflictividad social que estamos viviendo, como la lucha contra el hambre, por la educación pública, en defensa de los salarios y puestos de trabajo de sus familiares. Reconocer a las niñeces y adolescentes como participantes activos, significa construir infancias, con el acompañamiento del mundo adulto, para la formación como sujetos activos y autónomos para cuestionar y protestar, como camino para la transformación social.

¿Qué mayor enseñanza podemos brindarle a nuestras niñeces que la conclusión de que la única forma de conquistar nuestros derechos y hacerlos efectivos es a través de la movilización popular?

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