Libertades democráticas
23/11/2025
Salta: muerte en la cárcel y criminalización de la pobreza por un gobierno empobrecedor
El Servicio Penitenciario no evacuó a los presos frente al incendio en la Alcaidía y dejó que se quemaran.

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Justicia por Ezequiel Avendaño.
Ezequiel Avendaño, de 19 años, murió el 8/11 por quemaduras en el 83% de su cuerpo, tras el incendio de una de las celdas de la Alcaidía de Salta. Junto con él, otros 17 presos, en su mayoría jóvenes, fueron internados en terapia intensiva del Hospital San Bernardo. A Ezequiel, esa semana le iban a dar la libertad.
En un clásico comunicado sobre estos casos, el Servicio Penitenciario informó que el inicio del incendio fue responsabilidad de los detenidos. ¿Pero cómo es que tenían posibilidades de prender fuego? Las familias denuncian que los penitenciarios los dejaron quemarse, pudiendo sacarlos antes que el fuego se propagara y llevarlos al patio. Pero tardaron lo suficiente para que se quemaran o asfixiaran por el humo de los colchones. Incluso denuncian que, cuando los sacaron quemados, los esposaron y les pegaron en esa terrible situación.
Aislados por la opinión pública, que no reclama explicaciones de esta barbarie, con el concepto que si están presos son responsables de algún delito, el detenido en la Alcaidía o en cualquier otra unidad carcelaria está expuesto a morir bajo circunstancias por las cuales el Estado no se ve obligado a rendir cuentas. Solo las familias piden que los protejan. La aceptación de esta práctica implica aceptar la pena de muerte para el detenido.
¡Pero cuidado! En la Salta de Sáenz -y antes, con Romero y Urtubey- cualquier joven puede ser víctima de esta barbarie. Los detenidos en la Alcaidía son presos sin condena, es decir, están detenidos durante meses por presunción de algún delito, sin pruebas de ninguna fiscalía y, mucho menos, de la necesidad de prisión preventiva.
Aún en el caso del régimen contravencional, que debiera ser derogado en su totalidad, se establece que el procedimiento no debería demorar más de una hora, nunca más allá del máximo de seis horas que prevé la ley. Sin embargo, la Ley Orgánica de la Policía de Salta, violando la Contravencional, que solo admite la detención en flagrancia, le permite a la Policía detener por “presunción” de cometer una contravención.
Cada fin de semana, la Unidad de Protección Ciudadana realiza “razzias” con el Operativo Trapito del Ministerio de Seguridad, contra personas en situación de calle y /o indigencia, víctimas de adicciones o por haber sido encontrada en estado de ebriedad o incluso por limpiar vidrios de los autos. Los operativos emiten centenares de multas que recaudan para una caja de la Policía sin rendición de cuentas.
Nada de esto son contravenciones y mucho menos delitos. Pero ahora, el intendente de la capital, Emiliano Durand, está tratando de “solucionar” esta insuficiencia normativa. Acaba de anunciar la presentación de un proyecto de ley para meter presos por 40 días a los jóvenes limpiavidrios, los llamados “trapito”, en sintonía con la política represiva de Sáenz y el marco represivo nacional de Bullrich-Milei.
Los antecedentes de este Estado represivo
La política represiva de Sáenz, dirigida particularmente contra los jóvenes pobres de los barrios, comenzó durante la pandemia, a través del decreto 255, que se transformó en un verdadero toque de queda, impidiendo a los vecinos salir de sus casas, sin tener que tomar ninguna política de asistencia estatal, y dominar así una población que ya en el 2020 estaba compuesta en un 50% por trabajadores cuentapropistas, que no podían cumplir la cuarentena porque no contaban con un ingreso estable con el que alimentar a su familia.
El modus operandi de la Policía fue realizar cacerías en donde jóvenes trabajadores eran baleados con postas de goma en la cara, muchos de ellos perdieron uno de sus ojos en Metán, Ballivián, J.V González, Capital. La misma política represiva fue utilizada por Sáenz para contener la toma de terrenos, que se multiplicaban por el hacinamiento que sufría la población trabajadora, y que continúa por la nula política de planes de viviendas populares. En la Fiscalía de DDHH, a cargo de Verónica Simesen de Bielke, se recibieron 745 denuncias de torturas y abusos policiales durante 2021, y solo 11 fueron a juicio. Ningún policía preso.
Esa misma Policía, protegida por la Ley Contravencional, ya era responsable de abusos a mujeres trans y de crímenes en comisarías o en traslados, como los casos de Guri Farfán, David Alfonso, Cristian Gallardo, Martín Carreras, Nahuel Salvatierra, Lucas Mercado y tantos otros; crímenes por los que no hay ningún policía preso, a pesar de las denuncias de los familiares que se organizan contra el gatillo fácil.
En junio de este año, la Gremial de Abogados y la Fundación Alfa presentaron un Hábeas Corpus colectivo por la población en condiciones de vulnerabilidad socio-económica y/o en situación de calle y toda aquella comprendida dentro del llamado “operativo trapito”, cuya libertad ambulatoria sigue bajo amenaza, por ser habitualmente detenidas por la Policía de la Provincia de Salta sin orden judicial (sea o no por presunta contravención).
Por la enorme cantidad de pruebas presentadas en el Hábeas Corpus, está claro que no son excesos o errores de individuos, es una política de Estado -que hemos combatido desde el PO todos estos años- contra una población empobrecida por todos los gobiernos de los últimos 30 años, en muchos casos víctima de adicciones, para lo que no hay una política de tratamiento. Práctica que por su sistematicidad e impunidad se vuelve a repetir porque son “directivas provenientes del mando policial o fiscal, ya que es imposible que desconozcan esta situación, pues no se trata de casos aislados” (Hábeas Corpus colectivo).
Finalmente esta política represiva busca estigmatizar a estas personas, favorecer los discursos y conductas de odio y justificar el accionar policial.
Condiciones de detención
En el Hábeas Corpus, Alfa denuncia que estas personas son detenidas, esposadas y conducidas al Centro de Contraventores, privadas de su libertad sin ninguna explicación de la causa. Se las mantiene incomunicadas, a pesar que el Código Contravencional establece la inmediata comunicación al Fiscal y Juez competentes, así como la comunicación a una tercera persona o abogado, de la situación de detención. En el ínterin, son desnudadas sin que se les realice revisión médica, sometidas a malos tratos, se les toma fotografías, se les impide ir al baño, entre otras prácticas vejatorias. Cuando salen, la mayoría no sabe si se les instruyó alguna causa. En el caso de mujeres trans, suelen ser alojadas en los mismos espacios que los hombres, en una práctica claramente discriminatoria.
En el Centro de Contraventores son hacinadas en celdas pequeñas con otras decenas de personas. No cuentan con ventilación ni luz adecuada ni con elementos básicos de abrigo, descanso ni higiene (tampoco alimentación), con colchones en el piso, letrinas en la celda, lo que produce olores nauseabundos y riesgo de enfermedades.
En las unidades carcelarias, la situación de las personas detenidas por causas penales, con o sin condena, es aún más grave. En primer lugar, la sobrepoblación y hacinamiento, son parte del castigo. Con una población informada por ellos mismos de 3.994 presos para un sistema carcelario destinado a albergar 2.777 personas, de los cuales cerca de 1.000 son procesados sin condena. Todo esto sin contar con los presos en comisarías, en condiciones infrahumanas, cuyo número no está informado porque su permanencia en esos establecimientos está prohibida.
La atención de la salud es nula, impidiéndole ex profeso acceder a los turnos médicos dificultosamente obtenidos por los familiares. Se les niega el derecho a estudiar y al trabajo. Con el mismo criterio de abuso y maltrato, no se les permite llegar a sus mesas de exámenes a los estudiantes universitarios, produciendo la pérdida de turnos de exámenes; lo que están reclamando los jóvenes estudiantes a través de un Habeas Corpus presentado recientemente por la Fundación Alfa. Se suma a ello el constante padecimiento de malos tratos, golpizas y hasta violaciones sexuales.
La complicidad de la Corte de Justicia y el Ministerio Público -ante quienes el Comité Provincial contra la Tortura ha presentado un Hábeas Corpus colectivo por todos estos hechos, en particular la cuestión del hacinamiento-, el silencio de García Castiella, el Procurador General, es criminal y son responsables de las crisis que se producen cada tanto.
Una política nacional
En la Ley Bases se amplían los supuestos que habilitan la privación de la libertad por motivos penales, restringen el acceso a la Justicia en caso de violencia institucional, limita y criminaliza las protestas sociales, aumenta las escalas penales tales como atentado a la autoridad, reduce penas para los que cometen excesos “en cumplimiento de su deber” como parte de las fuerzas de Seguridad, e introduce la prohibición de presentar querella en casos de violencia institucional cuando la víctima está sospechada de algún delito aun en el grado de tentativa (Informe del Comité Provincial para la Prevención de la Tortura- agosto 2025).
La política represiva de Sáenz-Durand-Bullrich-Milei se alimenta del prejuicio de la población sobre quiénes son los reprimidos. Incluso las familias están completamente solas reclamando justicia, como es el caso de los Avendaño y de los que fueron antes asesinados en comisarías.
Pero en tanto estos crímenes queden impunes, todos los hijos de trabajadores están expuestos, porque no es una política de seguridad. Es el complemento necesario de gobiernos que trabajan para un puñado de empresas mineras, bancos, latifundios, muchos de cuyos dueños ni siquiera viven en la Argentina. Que reemplazan con represión la falta de viviendas, de trabajo, de tratamientos de las adicciones que avanza con el incremento del narcotráfico en la provincia. La salida a esta barbarie está asociada a la derrota de Milei, de Sáenz y de todos sus socios. Mientras tanto, los hijos de los trabajadores no están a salvo.




