Políticas
25/7/2026
Inocencia Fiscal, un blanqueo reforzado para los evasores y las patronales agrarias
El gobierno de Milei presentó su nueva reforma que profundiza el régimen de “inocencia fiscal” que se aprobó en diciembre pasado.

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En horas del mediodía de este viernes 24 de julio, con la firma de Javier Milei y sus ministros Caputo, Pettovello y Santilli, ingresó a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley de “Inocencia Fiscal II”, como algunos medios lo llamaron, ya que modifica y profundiza lo establecido en la Ley de Inocencia Fiscal que tuvo sanción en diciembre pasado. Si el anterior proyecto ya era un “cambalache” para facilitar la evasión, esto lleva esa premisa a otro nivel.
El proyecto establece modificaciones al acceso a la llamada modalidad simplificada de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, como también cambios en materia de prescripción tributaria y del Régimen Penal Tributario. Pero no se queda ahí, sino que suma un último título para beneficiar a las grandes patronales agrarias que no tengan registrados a sus trabajadores. Veamos.
Ingreso al régimen sin tope
Bajo el pretexto de una supuesta “democratización” del régimen, el gobierno establece en el artículo 2 que el acceso a la declaración jurada simplificada de ganancias ahora será sin tope de ingresos ni tope patrimonial. Hasta el momento no pueden ingresar al beneficio quienes tuvieran ingresos por más de 1.000 millones de pesos ni un patrimonio total de más de 10.000 millones de pesos. También excluía a todos los que Arca califica como “grandes contribuyentes”.
Todas esas exclusiones quedan borradas con el nuevo proyecto, por lo cual las grandes empresas pueden acceder al régimen y hacerse de los beneficios de una menor carga impositiva, garantías legales y seguridad jurídica. Básicamente, una mayor impunidad, ya que Arca no puede revisar ni volver a fiscalizar declaraciones juradas previas, y las declaraciones presentadas se presumen correctas sin más investigación.
Nuevas garantías legales
El régimen simplificado votado en diciembre permite que haya diferencias de hasta un 15% entre lo que un contribuyente declara que debe tributar y lo que realmente debe tributar. Hasta ese porcentaje, el sistema tributario aplica una “presunción de exactitud” (!). Si se supera ese porcentaje, Arca impugna la declaración jurada y el contribuyente pierde los beneficios de “presunción de inocencia”.
El proyecto presentado establece modificaciones a las formas de calcular esas “diferencias significativas”, e incorpora que el monto de la evasión debe superar el 5% del monto previsto para una “evasión simple” del régimen penal tributario. Esto claramente favorece a los evasores, que podrán dibujar sus declaraciones sin superar los topes, y dificulta cualquier impugnación. El proyecto también hace más favorable a los evasores el cálculo para determinar si aplican a la figura de “evasión simple” del régimen penal tributario… Un viva la pepa para los grandes empresarios.
El proyecto plantea limitar al máximo la capacidad de investigación del ente recaudador Arca, que ya no podría hacer investigaciones de oficio sobre los patrimonios. Festejan Adorni, que podría gastar tranquilo el dinero que ni sus ingresos ni su patrimonio justifican, sin ser “víctima” de ninguna investigación.
Para cerrar con estas “garantías legales” a los presuntos “inocentes”, el proyecto establece que Arca deberá indemnizar con intereses a cualquier contribuyente que, luego de una impugnación a su declaración jurada, logre una resolución judicial o administrativa favorable y firme. ¿Qué pasará con los “grandes contribuyentes” con gran influencia en la Justicia? Ni siquiera se atreverán a impugnarles una declaración jurada… Si luego lo revierten y hasta cobran una indemnización e intereses a través de cualquier artilugio jurídico.
Blanqueo para el negocio inmobiliario
La incorporación del artículo 40 bis a la ley 27.799 que plantea el proyecto (artículo 5) es un blanqueo de dinero con particular interés en el negocio inmobiliario. Todos los contribuyentes que optan por la declaración simplificada de ganancias (a partir de acá, incluidos los “grandes contribuyentes”), están obligados a utilizar medios autorizados por el BCRA o la Comisión Nacional de Valores para canalizar operaciones, pero esta exigencia se da por cumplida cuando se produzca “en origen o en el destino”.
Es decir, un beneficiario del régimen puede comprar una propiedad con dinero no declarado, y la operación se legaliza cuando el vendedor deposita el mismo, sin que se investigue el origen de los fondos del comprador, ni que este último haga contribución alguna por ese dinero. Sencillamente, se los “considerará como bienes incorporados al patrimonio del contribuyente en el día en que se efectúe la operación”.
Según este artículo, para los sujetos obligados (los escribanos, por ejemplo), la sola adhesión al régimen simplificado de ganancias tendrá validez como antecedente favorable para la identificación y monitoreo de las operaciones. Todo cierra un círculo que apunta a un blanqueo de dinero que se canalice a través de un mercado inmobiliario absolutamente paralizado por la especulación inmobiliaria y la imposibilidad de la gran mayoría de la población trabajadora de acceder a una vivienda propia.
Perdón de multas por omisión o defraudación
El artículo 8 del proyecto le brinda un enorme beneficio a los adherentes a la modalidad simplificada de declaración jurada de ganancias. Esto es que quedan eximidos de las multas por omisión o defraudación tributaria. Para esto, el “contribuyente” debe adherirse al régimen pagando la deuda original (en un pago o en plan de cuotas, incluyendo lo que evadió por omisión o defraudación) y debe renunciar a cualquier acción judicial contra el Estado. De esa manera, el evasor se ahorra de pagar multas que llegan a ser de hasta 6 veces el importe del tributo evadido. Un ofertón…
Perdón para el fraude laboral de las grandes patronales agrarias
Para rematar el proyecto, el gobierno incorpora un título dedicado a modificar la Ley de Trabajadores Rurales, específicamente en su capítulo sobre las sanciones a los empleadores que incumplan la normativa. ¿Qué tiene que ver esto con la “inocencia fiscal”? Básicamente, que el gobierno considera a cualquier patronal inocente hasta de los delitos más evidentes que pueda haber. Difícil encontrar otra explicación.
La modificación en cuestión se refiere a la obligación de registro de los trabajadores rurales en el Registro Nacional de Trabajadores Rural y Empleadores (Renatre), e introduce la posibilidad de que las patronales agrarias puedan pagar multas “en forma global por establecimiento”, cuando hasta ahora solo se puede “por cada trabajador afectado”. Es decir, si una patronal agraria tiene decenas de trabajadores no registrados y la situación se denuncia, o incluso si la misma patronal lo pone de manifiesto para proceder a blanquear, el Estado le hace precio: una multa por el precio de todas las que debía pagar. Y para darle un broche a este capítulo, elimina cualquier posibilidad de una clausura de establecimiento frente a faltas reiteradas de las patronales, las cuales solo merecerán una multa un 50% más alta.
Organicemos la lucha contra todo el programa de Milei
Este nuevo proyecto pone una vez de manifiesto el contenido de clase del gobierno. Para los trabajadores y el pueblo hay ajuste, represión y saqueo. Para las burguesía nacional e internacional hay entrega de tierras, impunidad fiscal, “desregulaciones”, blanqueos y todo tipo de beneficios. Mientras reponen el Impuesto a las Ganancias sobre los salarios (que no es ganancia), permiten y legalizan la evasión de los que de verdad amasan enormes ganancias y fortunas.
Los trabajadores, que no tenemos acceso a ningún régimen especial de nada, somos forzados, con un esquema tributario ultra-regresivo, al sostenimiento fiscal del Estado capitalista que no garantiza ni los derechos más básicos, mientras el gobierno destina todos los recursos al pago de la deuda y a beneficios directos a los capitalistas, como las exenciones impositivas o la evasión que este proyecto permite y favorece.
El Partido Obrero y el Frente de Izquierda llaman a rechazar este proyecto y todo el programa del gobierno libertario. El próximo 6 de agosto, cuando quieren tratar la nefasta ley de “inviolabilidad de la propiedad privada”, se prepara una gran movilización al Congreso. Que sea masiva para asestarle un golpe a este gobierno del ajuste y la entrega nacional.





