Políticas

15/11/2024

“Jubilación de privilegio”: Milei se la saca Cristina pero se la deja al resto

Se trata de una asignación especial millonaria por “buen desempeño”, que nadie aprueba, todos cobran y que debería suprimirse.

Cristina Kirchner y Javier Milei.

Tras la ratificación de la condena contra Cristina Kirchner en segunda instancia por la Causa de Vialidad el gobierno avanzó con la quita de la “jubilación de privilegio” (asignación especial) y la pensión por el fallecimiento de Néstor Kirchner de las cuales gozaba hasta ahora la exmandataria. La exposición de las razones de esta medida propagandística del gobierno ilustra respecto a la necesidad de suprimir estas asignaciones  especiales millonarias, las cuales gozan Alberto Fernández, Mauricio Macri, Zulma Yoma , Julio Cobos y Daniel Scioli, entre tantos otros.

El caso de Cristina, por la acumulación de dos “beneficios”, representaba la situación más obscena, con el cobro de $21.629.115 mensuales mientras los jubilados de la mínima apenas alcanzan los $322.798,48, con bono incluido.

La medida oficial, lejos de representar una política de “justicia redistributiva” –como quiere afirmarse- consiste en un aprovechamiento político de la situación judicial de Cristina Kirchner, condenada en segunda instancia, para buscar afianzar el discurso de la “transparencia económica” del ajuste en marcha.

Pero los propios considerandos de la resolución deschaban la impostura oficial: las “jubilaciones de privilegio” son, en verdad, una asignación no contributiva (no responde a los aportes de los exmandatarios) concedida en reconocimiento al “buen desempeño en altos cargos de la Nación”. Justamente para quienes gobernaron representan los mismos intereses políticos contra los jubilados, con la reforma de las AFJP, vaciando a la Anses, con reformas antijubilatorias, etc. Ésta alcanza a presidente y vice, la Corte y los jueces y secretarios y los miembros del servicio diplomático.

De la extensa lista de beneficiarios presidenciales y sus derivados tenemos que todos se encuentran procesados y/o juzgados por diversos delitos, por lo cual la vara no se aplica por igual para todos. Sumado al hecho nuevamente obsceno de que sede deba una asignación especial a quienes se supone solo cumplían sus funciones: algo así como un premio a la no corrupción, que de igual manera todos incumplen… pero cobran.

Incluso si reconociéramos la “justeza” de beneficiar a los funcionarios “honestos” tendríamos que ningún de los beneficiados pasa la prueba, algunos como Mauricio Macri incluso llegaron a la presidencia procesados y se fueron de la misma con otros tantos procesos (Correo Argentino, contrabando de armas a Bolivia, Parques Eólicos, etc.); como el caso de Zulema Yoma, quien goza de la pensión de privilegio de Carlos Menem, quien también fue condenado y ratificada la misma en Casación por el pago de sobresueldos, además de varios procesos judiciales.

La supresión de estos privilegios de Cristina Kirchner, que de seguro será judicializada (la ley establece la necesidad de “juicio político, o en su caso, previo sumario”), tampoco implica la quita de la jubilación presidencial y su pensión, las cuales solo verán disminuido sus montos en razón de lo contribuido durante su ejercicio, lo que tampoco resulta despreciable y se encuentra en la cúspide de los ingresos previsionales.

El propio Milei quedó al descubierto con su impostura cuando en el pasado calificó a la jubilación y a la pensión de privilegio como “un derecho adquirido”, en vista a preservar los privilegios de la casta gobernante, entre los cuales se encuentra algunos de sus amigos y aliados.

Estas asignaciones de privilegio, incluso, son utilizadas como pretexto para atacar a los regímenes jubilatorios especiales, como ocurre con los docentes en varias provincias y otros gremios como los bancarios, tratando de confundir a la población, ya que en esos casos sí se trata de cajas previsionales respaldadas con sus correspondientes aportes.

La “jubilaciones de privilegio” deben ser suprimidas en su totalidad, no hay ninguna razón que justifique su existencia. Al tiempo que debe garantizarse un piso para la jubilación mínima que asegure el acceso a la Canasta de Jubilados, y que sea el punto de partida para establecer el 82% móvil en las jubilaciones.

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