Políticas

27/11/2024

La instrucción de la causa contra el Polo Obrero, un atentado a las garantías procesales y el derecho a defensa

Solo dos días después del fallo de la Cámara de Apelaciones, el juez Casanello dio por cerrada una etapa de instrucción llena de arbitrariedades.

Polo Obrero.

En tiempo récord, solo dos días después de la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones que procesa a los compañeros del Polo Obrero por extorsión y coacción, el juez Sebastián Casanello resolvió dar por cerrada la etapa de instrucción y elevar la causa a juicio. Concluye así una etapa estuvo plagada de irregularidades y de atropellos a las garantías procesales, que desnudan que todo este proceso judicial tiene por único objetivo la criminalización de quienes luchan contra el hambre y atacar la organización independiente de los barrios más explotados. Hagamos un repaso de las arbitrariedades en la instrucción de la causa.

De las 13.000 denuncias que declaró Bullrich, solamente hay 3 testimonios contra el Polo Obrero, lo que la Justicia y la División de Crimen Organizado de la Policía Federal utilizaron para avanzar en más de 100 allanamientos a lo largo y ancho de todo el país.

Durante el allanamiento al local central del Polo Obrero, donde se encontró gran parte de la “prueba central”, se apagaron las cámaras, no ingresaron a tiempo los testigos y no se notificó previamente, siendo todo esto motivo de nulidad. Posteriormente el juez Casanello decidió avanzar en el allanamiento de la sede del Partido Obrero, cuando la ley prohíbe allanar locales partidarios, diciendo buscar la sede de Editorial Rumbos, la cual ya había sido allanada y cuyo titular ya se había presentado en la causa. A pesar de no encontrarse allí la editorial se tomaron registros fílmicos y fotográficos. Por este hecho la defensa presentó una denuncia ante la CIDH, por tratarse de un evidente acto de persecución política.

La causa se tramitó violando las garantías constitucionales y fundamentales del derecho a la defensa. En el proceso se impidió a la defensa participar de las declaraciones testimoniales, incluso tomando las medidas pertinentes para preservar su identidad, privando a los abogados de formular preguntas y participar del proceso conforme a derecho.

El juez llamó a indagatorias sin individualizar las acusaciones sobre cada uno de los imputados, y se negó a mostrar las pruebas que respaldan la acusación antes de la misma, impidiendo a los acusados el derecho a defenderse. Al mismo tiempo denegó el pedido de la defensa de postergar las indagatorias para garantizar el acceso a las pruebas.

Por otro lado, denegó el pedido de ampliar las indagatorias de Eduardo Belliboni y María Isolda Dotti, pedidos para mostrar las pruebas y explicar el trabajo realizado por el Polo Obrero en base a los convenios con el ex Ministerio de Desarrollo Social. La prueba que el juez se negó a recibir contempla la finalización de 43 obras de construcción, refacción y mejoras en comedores; realización de cursos de capacitación, reparación de celulares, música, arte, deportes, Educación Sexual Integral, prevención del dengue y el Covid 19; saneamiento de diversos barrios; proyectos productivos; etc.

Luego de las indagatorias el juez avanzó en el procesamiento de los compañeros, utilizando las declaraciones de “arrepentidos” que declararon bajo la presión de la fiscalía de iniciarles causas penales. Dichos testimonios fueron ocultados a la defensa hasta pasado el plazo de apelación del procesamiento, violando claramente el derecho a la defensa y constituyendo un motivo de nulidad de los procesamientos. Finalmente el juez dictó los procesamientos ignorando pruebas clave: las pericias sobre los teléfonos celulares y las pericias pedidas sobre las cámaras de la sede central del Polo Obrero.

Casanello dictó el procesamiento de los compañeros acusándolos de coacción, extorsión y administración fraudulenta, lo que eleva la pena a 20 años. Para llegar a estas conclusiones el juez afirma que el Polo Obrero desfinanció las unidades de gestión y que no organizaba el trabajo de contraprestación al programa Potenciar Trabajo. Según el juez, en lugar de esto se exigían solamente actividades político-partidarias. Quieren adaptar la condena a la necesidad política del gobierno.

Este fallo contrasta con la escandalosa impunidad que estos mismos jueces le otorgaron a funcionarios del gobierno de Macri como Nicolás Dujovne, Javier Iguacel o Guillermo Dietrich, cuyos procesamientos por administración fraudulenta anuló en la causa ‘peajes’. Se trata de una Justicia que va a fondo contra el pueblo mientras actúa como garante de la impunidad de los políticos patronales.

La etapa de instrucción pasó por encima de todas las garantías procesales y, en tiempo récord, el juez quiere llevar a juicio a los compañeros para determinar su culpabilidad, mientras la fiscalía presiona por penas de más de 15 años de prisión. De lograrse, sentaría un precedente gravísimo contra todo el pueblo argentino que quiere enfrentar a este gobierno hambreador, contra su derecho a organizarse, a protestar y contra el conjunto de las libertades democráticas. Es urgente defender a los compañeros del Polo Obrero y enfrentar a este gobierno, que quiere liquidar cualquier posibilidad de la clase de obrera de hacerle frente a tamaño ataque.

La Justicia pretende elevar a juicio la causa contra el Polo Obrero para meter presos a quienes luchan contra el hambre
Los que coaccionan son los gobiernos que someten a millones a la pobreza. –
prensaobrera.com