Políticas

23/11/2025

Neuquén: la impunidad del fiscal Vignaroli

En el pasado y en el presente.

Fiscal Vignaroli.

Sin duda el juicio por la estafa ejecutada por altos funcionarios del pasado gobierno del MPN es una de las causas más relevantes que expone un “modus operandi” del poder bajo la cobertura de impunidad estatal y gubernamental.

El inicio de la causa mucho tuvo que ver con las internas entre el MPN y su astilla, el actual gobernador, y poco tuvo que ver con la lucha contra la corrupción. Todos los intervinientes, acusados, fiscales, jueces, elenco gobernante, comparten en su inmensa mayoría haber estado de lado político de los hoy enjuiciados y luego haber migrado a las filas de “La Neuquinidad”.

Es decir, sabían antes lo que juzgan ahora como si estuvieran ante algo que no conocían desde el vamos. La investigación de la Fiscalía se circunscribió de setiembre 2020 a julio de 2022, dejando quirúrgicamente fuera de la investigación el período 2015-2019, cuando el actual gobernador era vice del MPN. Si bien la investigación e imputaciones se iniciaron en el 2023, luego de la derrota del MPN en abril de ese año, pero se cierra a mitad del 2022 para no abarcar el período de cogobierno entre el derrotado MPN y la triunfadora “Neuquinidad”.

Como dijimos “… la delimitación temporal del proceso se ajustó desde septiembre de 2020 a julio de 2022, dejando afuera décadas de un régimen de corruptela con los planes sociales” (Prensa Obrera, 1/10).
Ahora hacia el final del proceso judicial se han producido algunos hechos que exponen que la Fiscalía tiene la protección política del poder en la medida que dirige la investigación e imputaciones según la conveniencia del mismo.

Audiencia y escándalo

Suele ocurrir que en alguna audiencia la parte imputada genere algún tipo de escándalo, lo que no es común es que sea la parte acusadora, en este caso, el fiscal Vignaroli, quien se hubo retirado intempestivamente de la audiencia increpando al juez diciendo: “Dejo planteado que usted viola el principio de contradictorio, está afectando seriamente el derecho de la acusación. No me deja hacer mi trabajo. Me voy a retirar de esta audiencia desastrosa" (Diario Río Negro, 22/11). El juez consideró tal actitud como una “actitud pasible de sanción” y elevó actuaciones a los efectos que se realicen los descargos correspondientes. Lejos de ello, la Fiscalía ignoró la actuación del juez, y, en pocas horas, ya contaba con un fallo de un Tribunal de Impugnación que daba la razón al fiscal, y pasa las actuaciones a un nuevo juez.

Como la Fiscalía nunca respondió al juez, este consideró que lo mejor era recular. Se pueden imaginar muchas razones, pero ninguna tan lábil como la que manifestó cuando afirmó que “no corresponde ser reabierto ni valorado este incidente disciplinario, se torna innecesario escalar el conflicto mediante una sanción disciplinaria formal” y declaró “decaído el derecho a descargo del fiscal jefe por vencimiento del plazo conferido; no imponer sanción disciplinaria, en atención al carácter excepcional del contexto, a la inexistencia de antecedentes y a la declaración de nulidad”.

Una defensora oficial, Laura Giuliani, citada por el Diario Río Negro, dijo: "Si yo hago lo mismo que Vignaroli termino con un jury, por ser defensora y por ser mujer". La frase el juez cuando recula acerca de “no escalar el conflicto” tiende a darle la razón a la defensora Giuliani. ¿Por qué escalaría un conflicto por aplicar las vías procesales? Salvo que… Vignaroli cuente con protección especial.

Hay antecedentes

Hace unos 15 años atrás, al actual fiscal Vignaroli (que ya lo era en esa fecha) se le pidió un jurado de enjuiciamiento basado en once denuncias. El jurado de enjuciamiento, compuesto por tres miembros del Tribunal Superior de Justicia, votaron a favor de enjuiciarlo, pero dos diputados (uno del MPN y otro de la UCR) y dos profesionales votaron en contra, por lo que la solicitud de enjuiciamiento se declaró inadmisible.

En el acta acuerdo Nº242 del 23/3/2010, el diputado de la UCR votó por la inadmisibilidad, sin dejar de reconocer que una parte de las imputaciones había prescripto por el paso de cinco años desde que ocurrieron, y otras no las niega pero acusa de “dejadez” a quien en su momento debieron haber procedido y no lo hicieron. Argumentos que no se basan en la falta de acción que merezca una respuesta punitoria, sino en cuestiones “técnicas”. Lo concreto es que el fiscal Vignaroli zafó. Esto mereció una severa crítica de la Asociación de Magistrados de Neuquén, la que opinó que los fundamentos para la inadmisibilidad fueron “escuetos”.

Cuando es el fiscal el que pide jurado de enjuiciamiento contra otros miembros del Poder Judicial el proceso termina en la destitución. Pero cuando se opone al enjuiciamiento, como el caso de una colega fiscal, ante el pedido por un abogado debido al “retraso y vencimiento de plazos en algunos legajos”, Vignaroli se desvivió en elogios para con la fiscal acusada. Depende de que lado de la grieta se coloque y de qué lado está el acusado, Vignaroli encuentra motivos para impulsar la acción destituyente o para lo contrario. Es este fiscal el que luego monta show mediáticos contra las organizaciones sociales y sus dirigentes y crea “carpetazos” según convenga al poder de turno.

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