Políticas

24/11/2021

Algunos detalles sobre el proyecto de ley inversiones hidrocarburíferas

Concesiones a los pulpos petroleros con mira exportadora.

El proyecto de ley de promoción de las inversiones hidrocarburíferas ingresado al Senado por parte del gobierno nacional consta de más de un centenar de artículos. Se caracteriza por tratar de englobar cada particularidad para que ningún sector empresario quede afuera de los incentivos.

Visto así, el proyecto es un collage de retazos normativos de alta particularización para poder cubrir la situación desde las grandes productoras exportadoras hasta las empresas de servicios y las pymes del sector.
El carácter profundamente capitalista y antinacional del proyecto busca ser disimulado con un barniz de progresismo, con capítulos como el que brinda beneficios para fomentar el empleo “con perspectiva de género”.

Sin embargo, como ya se dijo en Prensa Obrera, los grandes popes internacionales como Shell o Paolo Rocca de Techint consideran insuficientes las concesiones que contiene, por lo que esperan que el trámite en el Congreso introduzca los cambios que se ajusten a sus exigencias.

La mira exportadora

Todo el proyecto apunta a conceder beneficios en función de la vía exportadora de hidrocarburos. Aunque se repite que las ventas al exterior deben contemplar el abastecimiento del mercado interno, todos saben que abierta la vía del mercado mundial con mayores precios del barril o el millón de BTU la oferta interna será el pato de la boda. Las exportadoras gozarán de la libre disponibilidad de la mitad de los dólares obtenidos y una rebaja de los derechos de exportación.

En su exposición a favor del proyecto, el gobierno “otorga derechos de exportación en firme de petróleo crudo a los beneficiarios y las beneficiarias que obtengan producción incremental por encima de una Línea Base definida como el máximo nivel de producción por empresa registrado en 2019, 2020 o los doce meses transcurridos entre mayo de 2020 y abril de 2021, lo que resulte superior”.

Para el caso de la provincia de Neuquén, tomando su producción de conjunto, la Línea Base sería la de abril de 2021 con 187.408 barriles por día. Si hoy se aprobara la ley, ya habría un incremental de unos 48.000 barriles diarios. Como el proyecto de ley permite “obtener autorizaciones de exportación garantizada por volúmenes de crudo equivalentes a entre un 20% y un 80% de su producción incremental individual”, cualquier operadora que tenga un incremental del 50% respecto a su Línea Base podrá exportarlo prácticamente todo.

De aprobarse, al momento de entrar en vigencia la ley ya existirá un incremental mayor al actual y se podrá exportar inmediatamente. Un gran negocio. Por eso el proyecto no fija la Línea Base al momento de entrar en vigor la norma sino que coloca esa línea en abril del 2021, varios meses antes. No obstante las empresas presionan por fijar una Línea Base menor.

Además ese incremental será superior al promedio provincial en las cuatro o cinco áreas donde se concentra la mayor producción y el mayor incremento. Esto implica que los beneficios de la ley se concentrarán en un puñadito de empresas. Para el caso del petróleo serán YPF-Chevron (Loma Campana), YPF-Petronas (La Amarga Chica), Shell (Cruz de Lorena), Exxon (Bajo el Choique – La Invernada), que concentran el mayor porcentaje de producción y de ese incremental.

En cuanto al gas, se trata de las mismas operadoras, a las que deben agregarse Tecpetrol (Fortín de Piedra), Total (Aguada San Roque). Es decir que los beneficios de exportar hidrocarburos se adapta como el guante a la mano para un puñado de empresas.

Empleo con “perspectiva de género”

El proyecto contempla el establecimiento de un “Programa Federal de Desarrollo de Capacidades Hidrocarburíferas con Perspectiva de Género”, el que otorgará becas de grado destinadas a personas mujeres, trans, travestis, transexuales o transgénero. Dichas becas serán por un monto equivalente al 60% de un Salario Mínimo, Vital y Móvil (artículo 68). Unos $ 19.800 a febrero del año entrante, ¡la cuarta parte del monto de la línea de pobreza!

Ninguna mujer puede sobrevivir con ese monto mientras estudia o adquiere “capacidades hidrocarburíferas”. Pero los que sí obtendrán un beneficio importante serán las patronales que contraten a mujeres, trans, travestis, transexuales o transgénero, ya que gozarán de “una reducción de hasta el 80% en las contribuciones patronales” durante el primer año de contratación que se irá reduciendo hasta el 30% al tercer año. A renglón seguido convalida la “contratación a tiempo parcial”, en los términos del artículo 92 ter del Régimen de Contrato de Trabajo establecido por la Ley Nº 20.744, en cuyo caso los porcentajes de reducción de las cargas patronales serán la mitad. Pero esos contratos, como los de “plazo fijo”, son usados por las petroleras para montar verdaderos fraudes laborales, como lo ha denunciado el propio sindicato.

El “progresismo” capitalista transpira plusvalía por todos sus poros.

El papel de la conducción del sindicato petrolero

La dirigencia del sindicato apoya este proyecto de ley tan antiobrero y antinacional como un eslabón más de una línea de subordinación histórica a los intereses de las empresas. Recordemos que bancó el acuerdo con Chevron y apenas tiempo después firmó la adenda flexibilizadora del CCT bajo el macrismo, y dejó pasar luego los despidos en masa durante la pandemia.

Nada menos que Paolo Rocca acaba de reconocer el papel del sindicato en el gran negocio capitalista sobre Vaca Muerta: “tenemos que reconstruir credibilidad y eso se logra con reglas de juego claras, incluso con las relaciones laborales. Los acuerdos con los gremios hicieron posible Vaca Muerta” (LMN, 20/11). El pope capitalista habla en plural porque incluye al sindicato del personal jerárquico.

Menos impuestos al capital, más carestía para el bolsillo popular

Aunque el proyecto otorga “estabilidad fiscal y otros beneficios complementarios a nivel federal, extendido al ámbito provincial y/o municipal”, durante los 20 años de vigencia, también admite la posibilidad de “disminuir impuestos directos e indirectos, alícuotas, tasas y tributos”. Es decir que se mantienen los beneficios tributarios actuales y se abre el camino a aumentarlos. Esto afecta no solo la caja del Tesoro nacional, sino de todas las provincias y municipios que adhieran al régimen del proyecto una vez que se sancione. También se otorga, en casos de cesión de derechos de explotación de un área hidrocarburífera, la “eximición del impuesto a las ganancias a la renta” de la cesionaria.

En el caso de exportación de gas se garantiza a las exportadoras que “la Autoridad de Aplicación podrá elevar el precio mínimo en función de la evaluación de las condiciones en las que opera el mercado internacional de gas natural y sustitutos energéticos, o reducirlo para cada caso particular si el productor solicitante de la exportación en firme reduce al mismo nivel el precio con el cual abastece volúmenes equivalentes al mercado interno”. Bastará con que la empresa que exporta gas no reduzca el precio de abastecimiento al mercado interno para que se quede con todas las ventajas de exportar y recibir un precio que contemple no solo el del gas en el mercado mundial, sino el de los “sustitutos energéticos” -por ejemplo, fuel oil, etc. Abre la puerta así a la internacionalización del precio del gas en el mercado interno, en un momento donde el gas alcanza precios exhorbitantes en el mundo y que ha provocado apagones y desaceleración productiva en China, Europa y otras zonas.

La contrapartida de estos menores ingresos fiscales este proyecto de ley los compensa con la vía libre para los tarifazos y naftazos que garanticen a los respectivos fiscos los pagos de sus deudas.

El ¿polémico? artículo 90º

La mayor objeción que presenta el gobierno provincial de Neuquén al proyecto, está centrada en su artículo 90ª del cual pidió su anulación para luego solicitar una nueva redacción. El argumento oficial provincial es que la provincia “resigna derechos”.

Este artículo del proyecto en el Senado modifica el artículo 97º de la ley madre hidrocarburífera (Ley Nº 17.319). En su redacción actual ese artículo, modificado en 2018 por la ley Nº 27.444, fija en el Ministerio de Energía y Minería o en los organismos que dentro de su ámbito se determinen la aplicación de la ley.
Cabe recordar que para esa fecha Guillermo Pereyra, en nombre del MPN, presidía nada menos que la Comisión de Energía del Senado y no manifestó objeción alguna a la redacción impulsada por la coalición macrista.

La modificación que impulsan ahora tanto el gobierno nacional como el propio Pereyra y la burocracia del sindicato establece que “La aplicación de la presente ley compete a la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía” la que será “Autoridad de Aplicación respecto de los permisos de exploración, las concesiones de explotación, las concesiones de transporte y/o las concesiones de almacenamiento subterráneo que se otorguen respecto de las áreas hidrocarburíferas en el ámbito de su competencia, en materia técnica, de seguridad y ambiental”.

La “resignación de derechos” del tándem Omar Gutierrez – Jorge Sapag, y su oposición interna y recientemente electo diputado por el MPN, Rolando Figueroa, la ubican en relación a la llamada “ley corta de hidrocarburos”, la Nº 26.197, sancionada durante el kirchnerismo en el año 2006. Con lo cual resulta que los derechos que el MPN dice no querer resignar ahora, ya los resignó en primer lugar cuando jamás cuestionó el artículo 6º de la ley Nº 17.319 que otorga la posesión real del hidrocarburo a las empresas, y luego cuando apoyó entusiastamente la llamada ley corta, en pleno período de idilio del MPN con el kirchnerismo. Porque la ley Nº 26.197 ya establece que “El diseño de las políticas energéticas a nivel federal será responsabilidad del Poder Ejecutivo nacional”, dejando a las provincias “el dominio originario y la administración de los yacimientos” con respecto a los “permisos de exploración y concesiones de explotación de hidrocarburos, así como cualquier otro tipo de contrato de exploración y/o explotación de hidrocarburos”, el que “se desarrollará con arreglo a lo previsto por la Ley Nº 17.319 y su reglamentación y de conformidad a lo previsto en el Acuerdo Federal de los Hidrocarburos”.

El proyecto actual del gobierno nacional se cuida muy bien de no invadir sobre dominios y permisos ya otorgados a las provincias, y se mantiene como autoridad de aplicación para aquellos casos de “permisos de exploración, las concesiones de explotación, las concesiones de transporte y/o las concesiones de almacenamiento subterráneo” que “se otorguen respecto de las áreas hidrocarburíferas en el ámbito de su competencia, en materia técnica, de seguridad y ambiental”.

Por lo tanto, el gobierno de Neuquén no debate sobre un proyecto de ley de “inversiones hidrocarburíferas”, sino que cacarea sobre un federalismo que jamás defendió. En toda su historia de seis décadas de gobierno jamás dejó de apoyar los grandes planes nacionales, sin el menor pudor.

Insistimos en la necesidad imperiosa de nacionalizar sin pago y bajo control obrero toda la industria energética.