Políticas
8/7/2026
Entrega colonial de tierras, fuego legalizado y desalojos exprés: la “inviolabilidad” de los negocios capitalistas
Acerca del proyecto de “inviolabilidad de la propiedad privada” que el oficialismo busca aprobar en el Congreso.

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Luego de la caída de Adorni, el gobierno de Milei busca retomar la iniciativa política en el Parlamento. Entre los temas “postergados” de la agenda oficial se encuentra la ley de “Inviolabilidad de la Propiedad Privada”, que tiene dictamen de comisiones en el Senado desde mayo pero aún no han podido llevar al recinto.
En el transcurso del miércoles 8 se confirmó la próxima sesión de la Cámara Alta para el jueves 16 de julio. Además del proyecto mencionado, se tratarían una treintena de pliegos diplomáticos y judiciales. Finalmente, la Ley Hojarasca (que ya tiene media sanción de Diputados) y el ajuste al régimen de Zona Fría (que también tiene media sanción de la Cámara Baja) quedarían para una próxima sesión a comienzos de agosto. Por último, todos los medios señalan que el gobierno está lanzado a aprobar su reforma político-electoral, que aún no reúne el consenso de los “dialoguistas” y no cuenta con dictamen en las comisiones, por lo que también quedaría para luego del mundial y del “receso” no declarado del Congreso.
Entonces, el núcleo duro de la agenda para esta próxima sesión está en la ofensiva para defender la propiedad privada… de los capitalistas. Si bien existe un dictamen de mayoría de las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General, al día de hoy seguían las negociaciones por nuevas modificaciones, con una docena de versiones del texto final según trascendió en medios parlamentarios. Del proyecto original al dictamen existente el cambio más trascendente fue la exclusión de las modificaciones a la Ley de Barrios Populares (ReNaBaP), a pedido de sectores de la oposición “dialoguista”. Sea como fuere la versión final, lo que no queda duda es que la ley que buscan aprobar es a la medida de los acaparadores inmobiliarios, las patronales y los capitalistas extranjeros.
Desalojos exprés
El capítulo 2 del proyecto (siempre según el dictamen de mayoría existente) introduce modificaciones brutales al Código Procesal Civil y Comercial, con un solo objetivo: acelerar los desalojos y que los propietarios puedan actuar con absoluta impunidad.
Para comenzar, fija que los procesos de desalojo de inquilinos, por ejemplo, serán a través de juicios sumarísimos (artículo 679 del Código); es decir con un trámite abreviado y veloz, recortando plazos de defensa, instancias de apelación e instrumentos judiciales que hoy tienen las familias trabajadoras para defender su derecho a la vivienda.
Además, le otorga vía libre a las fuerzas represivas al incorporar el artículo 686 bis, donde se faculta de manera extraordinaria a los oficiales de justicia requerir el uso de la fuerza pública, el allanamiento de domicilio y hasta la rotura de cerraduras, incluso en días y horas inhábiles y con la propiedad en ausencia de sus habitantes. Una legalización de los atropellos policiales.
Para los propietarios, se facilita el pedido de desocupación inmediata del inmueble antes de que exista sentencia firme. Hasta ahora, el propietario debía poner una “caución real” (dinero en garantía de que su pedido era legítimo). Ahora basta con una “caución juratoria”, es decir, con su palabra. Echar a una familia será gratis e inmediato para todo tipo de propietario, aunque se trate de un grupo inmobiliario. Tampoco hay consideración alguna sobre el uso y destino de la propiedad en cuestión, que bien puede ser un bien destinado solo para atesoramiento de valor sin función social de ningún tipo.
La incorporación de un artículo de “protección de sujetos vulnerables” (680 Quater), que da 10 días de plazo a los organismos del Estado para buscar una "alternativa habitacional" si hay menores o discapacitados, no es más que una pantalla. En un país con un déficit habitacional enorme, con un Estado que recorta la asistencia social y que también ataca a las personas con discapacidad, la alternativa será la calle para la gran mayoría.
Por último en este aspecto, modifican la Ley de Regularización Dominial (Ley 24.374), elevando de 3 a 10 años el requisito de posesión continua para que los ocupantes de vivienda única puedan acogerse al régimen. Una traba directa a la urbanización y el reconocimiento de los hogares de los trabajadores. Situación que no solo abarca a las villas de emergencia, sino a miles de barrios obreros de los cordones de las urbes en todo el país.
Blindaje para el suelo empresarial y privatización del suelo estatal
El Capítulo 1 del proyecto se encarga de maniatar al Estado ante cualquier intento de declarar la utilidad pública de un bien. La modificación del artículo 4 de la Ley de Expropiaciones (21.499) impone una "interpretación restrictiva" que deja siempre la puerta abierta para que los jueces fallen a favor del dueño original.
Es insistente el texto, en varios artículos, sobre que siempre deben buscarse “medios menos lesivos”… ¿lesivos para quiénes? Desde el punto de vista del gobierno, menos lesivos para los capitalistas, claro está. En el caso de Fate, por ejemplo, lo “menos lesivo” para sus trabajadores y para el conjunto de la población sería proceder en el sentido que reclaman los trabajadores y su sindicato (Sutna), con la declaración de utilidad pública y ocupación temporánea para retomar el trabajo de la única fábrica que produce neumáticos para camiones y colectivos (claves para transporte de alimentos y mercancías) en nuestro país. Pero con la nueva ley podría ser considerado “lesivo” respecto a Madanes Quintanilla.
El proyecto va incluso más allá. Si por alguna razón extrema se avanzara en una expropiación, el texto establece que la indemnización a los capitalistas se pagará a valor de mercado, incorporando el lucro cesante (las ganancias proyectadas que el empresario dejará de percibir), algo que la legislación actual prohíbe explícitamente. Además, estos montos se actualizarán por IPC más una tasa de interés "razonable". Un contraste violento con los contratos y deudas que el Estado mantiene con los trabajadores y jubilados, cuyos fondos se licúan diariamente sin indexación alguna, al igual que los créditos laborales que la reforma laboral permite pagar en cómodas cuotas.
En sintonía con esto, los cambios en el Registro de la Propiedad Inmueble (Capítulo 5 del dictamen) habilitan la matriculación de bienes del dominio público del Estado. Básicamente se trata de la confección de un inventario para la privatización, facilitando la venta o concesión de tierras públicas al capital privado y aceitando el terreno legal contra los asentamientos populares.
Más negocios con la tierra para los extranjeros
Un capítulo entero del proyecto está dedicado a la “Ley sobre el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales”(Ley 26.737). Con las derogaciones y modificaciones de artículos que se proponen para esta ley, el gobierno libertario profundiza una política de entrega colonial brutal. El proyecto elimina el tope del 15% a la titularidad extranjera sobre la tierra rural (a cumplirse en territorio nacional, de cada provincia y de cada municipio) y el límite de 1.000 hectáreas por titular extranjero, algo que de igual manera las empresas extranjeras se encargaban de sortear a través de distintos artilugios legales (por ejemplo la creación de compañías “argentinas” satélites, en el caso de Benetton, que de esa forma administra 900.000 hectáreas).
Además, al permitir la compra indiscriminada de tierras por parte de personas y corporaciones extranjeras en zonas fronterizas y aledañas a cuerpos de agua permanentes (ríos y lagos), el gobierno no solo entrega la soberanía hídrica y territorial, sino que abre el juego a la instalación de infraestructura y puertos privados, sustrayendo franjas enteras del país del control público para beneficio del comercio internacional de las multinacionales.
La quema de tierras como negocio
Finalmente, el capítulo 4 termina de darle un carácter criminal a este proyecto al desguazar la Ley de Manejo del Fuego. Bajo la nueva redacción se elimina el plazo taxativo de 60 años que prohibía cambiar el uso del suelo tras un incendio. Se quita el "paraguas" de protección de la ley sobre humedales, áreas protegidas y bosques implantados (solo quedan bosques nativos y bosques no productivos), dejando la regulación a merced de los pactos de las corporaciones con los gobernadores provinciales.
También se eliminan las prohibiciones de loteo, venta y emprendimientos inmobiliarios o desarrollos agropecuarios en tierras arrasadas por el fuego. Es un incentivo directo a los incendios intencionales. El mensaje a los especuladores inmobiliarios y las patronales de la soja es claro: si la tierra que queres está protegida, quemala; el Congreso te legaliza el negocio al día siguiente.
Abajo esta ley antipopular: organicemos la lucha contra su aprobación y contra el conjunto del plan de Milei
La lucha contra este proyecto debe ser tomada por todas las comunidades y organizaciones ambientales, por los inquilinos y deudores de créditos hipotecarios que luchan para pagar cada mes el alquiler o la cuota de un crédito UVA, por las comunidades originarias que son expulsadas a sangre y fuego para extender la frontera sojera. La batalla política contra esta ley tiene que estar presente en el programa del Frente de Izquierda y de todos sus comités de apoyo y, desde luego, no puede ser ajena a todas las organizaciones obreras, porque los trabajadores en su conjunto son sus grandes víctimas.




