Políticas
3/12/2024
La reglamentación del capítulo hidrocarburífero de la Ley Bases
La maraña estatista del gobierno de Milei.
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Javier Milei
La llamada Ley Bases, en su Título VI Capítulo 1, sustituyó cincuenta artículos de la ley “madre” petrolera (la N.º 17.319) y derogó nueve artículos más. Se modificó la mitad de su articulado, es decir, se redactó una nueva ley.
Ahora se acaba de publicar el Decreto 1057/24 por el cual se reglamentan los artículos sustituidos. El Decreto consta de cinco artículos y tres anexos. El primero referido a la ley “madre” consta de cuarenta y seis artículos.
Para un gobierno que se autotitula enemigo del Estado y que lo quiere destruir “desde adentro” resulta un frenesí normativo y estatista que dice condenar. Prueba irrefutable que ningún gobierno basado en el régimen capitalista puede prescindir del Estado que ampara el lucro del sistema. Y todo para que el león termine pariendo… un ratón.
Entre el temor a la rebelión y la “libertad” del mercado
Este decreto reglamentario -en cuyos otros dos anexos versa sobre exportación e importación de GNL por un lado y sobre las normativas medioambientales por el otro- se suponía que debía ser la proclamación definitiva de la libertad del mercado en el terreno de los negocios con la energía. Sin embargo, el criticado Estado, sigue fijando las reglas del juego.
Esta contradicción entre los postulados “libertarios” y la omnipresencia estatal queda patéticamente fijada en el artículo 1º del Anexo I, el que establece que la “exploración, explotación, procesamiento, transporte, almacenaje, industrialización y comercialización de hidrocarburos y/o sus derivados” se debe regir por “el libre mercado” y la “seguridad del suministro presente y futuro de hidrocarburos de la República Argentina”.
El inciso c) de este artículo, por un lado, apunta al “alineamiento de los precios internos a los resultantes de los productos y/o servicios finales de las actividades objeto de transacciones internacionales”, pero “considerando las condiciones para la seguridad de suministro”. Lo cual resulta un híbrido que no termina de conformar del todo a las empresas, cuyos proyectos capitalistas apuntan a poder exportar libremente los volúmenes que quieran y cobrar los precios internacionales (en la medida que sean rentables) en el mercado interno. Lo cual en estos momentos harían disparar las tarifas y consecuentemente la inflación, algo que echaría leña al fuego del descontento social.
El artículo 11º sería la expresión más cabal de ese híbrido estatista-liberfacho. Es que las exportaciones de hidrocarburos quedan reguladas por la Secretaría de Energía de la Nación, y mientras por un lado dice que se “respeta el principio de libertad de exportación”, lo condiciona a la “seguridad del suministro al mercado interno”.
La Secretaría de Energía puede objetar así tales o cuales exportaciones de hidrocarburos. A las empresas (como pasa con la soja cosechada en nuestro país que se contrabandea y exporta como producción paraguaya) les queda el camino de exportar bajo declaraciones truchas sobre volúmenes o bien directamente contrabandear.
Ahora que la reversión del gasoducto Norte estaría operativo dentro de unos meses, la posibilidad de vender gas producido en el país al mercado mundial, como si fuera gas producido en Bolivia, está muy cerca de ser una posibilidad.
El artículo 18: estatismo al palo
El artículo 18 del decreto reglamentario señala que “La seguridad del suministro en el mercado interno comprende la disponibilidad de hidrocarburos y/o sus derivados en volumen, calidad y condiciones económicas comerciales razonables para el abastecimiento de las necesidades del mercado interno, incluyendo las fuentes y costos de importación de hidrocarburos y combustibles alternativos. Los volúmenes excedentes a las necesidades del mercado interno no podrán afectar la seguridad del suministro. En el marco de la razonabilidad señalada en el párrafo precedente y de los objetivos establecidos en el artículo 1° del presente, la Secretaría de Energía podrá fundadamente objetar total o parcialmente exportaciones debido a variaciones significativas e imprevistas en los precios de los hidrocarburos en el mercado interno, en forma temporaria y hasta que dicha situación haya finalizado”.
Con lo cual la libre exportación dictada por el “libre” juego de la oferta y la demanda en el mercado mundial, queda sujeta a una regulación estatal en todos sus términos, incluso hasta sobre “los volúmenes excedentes a las necesidades del mercado interno”.
Este decreto reglamentario en el resto de su articulado sigue colocando regulaciones de distintos organismos del Estado respecto a la “libertad” de exportación, de construcción de ductos para tal fin y de licuefacción o regasificación de gas natural, entre otros, que en el presente constituyen los mayores proyectos de negocios de las grandes empresas del sector hidrocarburífero.
Si a esta tanda de regulaciones estatales se le agregan otras intervenciones del Estado, como el uso de las fuerzas de represión (instalación de GN en la zona de Vaca Muerta), la realización de obras con dineros públicos para facilitar el negocio extractivo y su comercialización, etc., se refuerza con hechos concretos la refutación del antiestatismo del mileísmo.
El cambio climático ¿ahora sí?
El Anexo III del Decreto 1057/24, referido a “materia medioambiental”, consta de solo dos artículos, que no por breves, dejan de exponer que los libertarios negadores del cambio climático también deben fingir preocupación como lo hacen las reiteradamente fracasadas cumbres del G20 y los protocolos sobre el tema.
Ahora el gobierno de Milei se propone “elaborar un proyecto de legislación uniforme y armónica en materia medioambiental”.
Dicha legislación “deberá regular” (sic) distintas cuestiones como la “emisión de gases de efecto invernadero asociada a la actividad (descarbonización)”, “pasivos ambientales”,“licencias ambientales” y “gestión de emisiones” para el sector hidrocarburífero.
Basta contrastar este Anexo III con el reciente retiro de la delegación argentina de la cumbre climática en Bakú, como un acto gubernamental supuestamente principista, para entender que fue un “acting” para la tribuna. Porque en realidad el gobierno de Milei se adapta a la política en curso de las potencias imperialistas, que utilizan lo medioambiental como forma de la competencia intercapitalista y de golpear a sus competidores.
Está claro que no les interesa el medioambiente y los humanos que vivimos en él, sino la guerra comercial y de saqueo a escala planetaria. Pero fingen que les preocupa. Es política de los estados fingir en este aspecto, como en tantos otros.
Así que Milei con el Decreto 1057/24 se sube al carro de los fingimientos. Ahora dice estar preocupado por el calentamiento global y la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los combustibles fósiles y del “desarrollo de la actividad hidrocarburífera en el marco de un adecuado cuidado del ambiente”. ¿Necesidades electorales de cara al 2025?. Tal vez.
Como dice Marx en el Prólogo a la Contribución a la crítica de la economía política, “…las formas jurídicas, políticas, religiosas, artísticas o filosóficas, en una palabra, las formas ideológicas” deben entenderse en cada época histórica según “los cambios materiales ocurridos en las condiciones económicas de producción”.
Ni Milei puede (ni pretende) destruir el Estado como pregona, ni el capital se lo permitiría. El Estado capitalista sigue siendo un arma contra la clase obrera y la humanidad en general. Por lo que la ideología mediática de los libertarios no es otra cosa que la adaptación a las necesidades del gran capital y del imperialismo. Las “fuerzas del cielo” no son otra cosa que las terrenales leyes que dominan el régimen de explotación.
Por eso echar a Milei y su cruzada ideológica y de acciones, implica romper con todas las adaptaciones políticas a las patronales de todos los colores y tamaños. Una tarea que solo las organizaciones revolucionarias estamos dispuestos a asumir.