Sindicales
2/12/2024
Ramal apoya la ley Tetaz
Abajo el intento de mayor regimentación del Estado en las organizaciones obreras.
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Martín Tetaz.
Marcelo Ramal ha escrito un artículo donde apoya abiertamente el dictamen llamado ley Tetaz o de reforma sindical que no vio la luz. Una correcta maniobra del Frente de Izquierda-Unidad, de retiro de su dictamen de minoría –en rechazo–, impidió que tenga mayoría y pudiera pasar a tratamiento en el recinto. Así, de integrar el Partido Obrero hasta el 2019*, que hizo una enorme campaña por la derogación de la Ley de Asociaciones Sindicales 23551 a fines de los ’90, cuando la CTA colocó en la agenda nacional la cuestión del “modelo sindical” –centrado en la libertad sindical de constituir organizaciones paralelas de la OIT–, Ramal ha pasado al apoyo a esta versión mileísta de la ley Mucci de los comienzos del alfosinismo. La Libertad Avanza retiró sus diputados de la firma en el momento exacto en que la CGT anunciaba que descartaba todo paro nacional con el repetido cuento del “diálogo tripartito”. No hubo dictamen por el pacto Milei-CGT.
Que algunos de los 28 proyectos de reforma sindical planteados casi íntegramente por la derecha en la Comisión de Trabajo estén publicitados por la incorporación de la representación de minorías, el bloqueo de más de una reelección o la prohibición del descuento de cuotas compulsivas, no puede hacernos perder de vista que implican una definitiva acentuación de la intervención del Estado en las organizaciones obreras en decenas de artículos y disposiciones. Justamente, nuestra referida campaña por la derogación de la 23551 –una ley elaborada por Oraldo Britos a imagen y semejanza de la burocracia sindical peronista, con Carlos Alderete del Opus Dei como ministro de Trabajo de Alfonsín– tenía por eje que el Estado capitalista saque sus garras de las organizaciones que los trabajadores supimos construir desde el siglo XIX. Una ley que además consagra el unicato sindical y la nefasta prerrogativa del Ministerio de Trabajo para otorgar o no la “personería gremial”, decidiendo sobre vida y muerte de las organizaciones que edifica la clase obrera.
Este enfoque es fundamental porque hace a la independencia de las organizaciones obreras frente al Estado y las patronales, que es bandera fundamental del clasismo, en línea con la concepción de Trotsky sobre los sindicatos en la época del imperialismo donde la presión de la cooptación estatal se hace más aguda que nunca como resultado de la descarga de la crisis del capital sobre las masas. Actualmente estamos viviendo una ofensiva en regla bajo el gobierno de Milei y sus socios de la oposición patronal con el colaboracionismo de la burocracia sindical peronista que ante la lluvia ácida se concentra en defender esencialmente sus prebendas.
El dictamen en cuestión establece una rígida representación de minoría de un tercio a quien obtenga más del 25% de los votos, pero solo a una lista que haya salido segunda, en absoluto proporcional como algunos de los mejores estatutos actuales o los cuerpos de delegados electos según los candidatos más votados en lista abierta. Pero también en el plano de los estatutos están sometidos a la aprobación o no de la “autoridad de aplicación”: el exMinisterio de Trabajo, hoy en manos de “Techint” Cordero (art.7). Y de aprobarse este dictamen como ley, los estatutos deberán adecuarse a la ley obligatoriamente (art.17).
El dictamen en cuestión establece obligatoriedad de “ficha limpia” (art.18) a los candidatos sindicales, no sabemos qué habría votado este nuevo Ramal ante el proyecto de ley que fracasó recientemente para los candidatos nacionales. Nosotros lo habríamos hecho en contra y no dimos quórum. Pero claramente en el caso de las organizaciones obreras, habitualmente tenemos compañeros procesados y a menudo condenados penalmente por luchar aunque se usen tipos penales del derecho común como los aberrantemente usados en la actual megacausa contra el Polo Obrero.
En el artículo 56 tenemos una de las más terribles disposiciones de regimentación del Estado sobre las organizaciones sindicales: la cuestión de la personería gremial. El Estado se reserva la potestad de otorgarla, determinando quiénes sí y quiénes no podrán ser firmantes de convenios colectivos y paritarias. Y lo peor, la potestad de quitarlas, por ejemplo “por no dejar sin efecto medidas que la autoridad de aplicación considere inadecuadas”, como ejercer el derecho de huelga en los términos que el dedo del gobierno de turno considere impropios o en colisión con algunas disposiciones ya vigentes en la Ley Bases como la polémica prohibición de bloqueos.
Como extensión de esta cuestión vertebral de las personerías gremiales, se dispone (art.38) que las patronales podrán ser agentes de retención de las cuotas sindicales “en las asociaciones con personería gremial”. Cero palabra en todo el dictamen “democratizador” de Tetaz-Ramal sobre las organizaciones simplemente inscriptas que están obligadas –y seguirían obligadas en caso de ser ley este dictamen- a pasar por el calvario de acudir a la Justicia e invocar fallos de la Corte (fallos ATE 2 o ATE Salta) para ser tenidas en cuenta. Reivindicar este nefasto dictamen es convalidar un ataque a organizaciones sindicales simplemente inscriptas protagonistas de luchas enormes por caso AGTSyP del Subte, AGD-UBA, Adiunt, Atrana y una enorme cantidad de sindicatos docentes. Un reclamo fundamental de quienes luchamos por la democracia sindical es terminar con este nefasto régimen.
El dictamen, como todo el debate impulsado mediante 28 proyectos contra las organizaciones obreras, de tipo antisindical, de ningún modo antiburocrático (ver artículo NP), es parte de la ofensiva antiobrera del gobierno Milei. Volverán sobre este dictamen y por mucho más si tenemos en cuenta que Sturzenegger ha prometido traducir en proyecto de ley el DNU 70/23. En este punto en debate, la UCR corre por derecha al gobierno que pacta con la burocracia sindical como pactaron todos los gobiernos capitalistas en este país (incluidos Alfonsín, De la Rúa y por supuesto Macri). Llamamos a un debate en toda la vanguardia obrera sobre el tema, a fijar posición en los sectores antiburocráticos, a incluir estas posiciones en las agrupaciones clasistas que luchan por la expulsión de la burocracia sindical, a colocar la denuncia y las demandas en los programas de trabajadores, a realizar debates en mesas redondas y foros y llevarlos a las asambleas obreras y cuerpos de delegados donde nos sea posible. Fuera la ley Tetaz.
*Marcelo Ramal se retira del PO en 2019, tras el 26° Congreso donde su grupo, junto a Jorge Altamira, pierde por 80% a 20% y no pide derecho a tendencia, para constituir más adelante Política Obrera.