Políticas

29/7/2026

La “inviolabilidad” también es contra la lucha de Fate y la clase obrera

El primer capítulo del proyecto que se trataría el 6 de agosto modifica la Ley de Expropiaciones para reforzar la “inviolabilidad de la propiedad privada” de los medios de producción.

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Foto: archivo.

El 16 de julio pasado, frente a la evidente falta de “voluntades” para votar la ley de “Inviolabilidad de la Propiedad Privada”, el Senado pasó a un cuarto intermedio hasta el 6 de agosto. La “malvinización” posterior al triunfo de la Selección Argentina contra Inglaterra en el mundial (con la bandera que dio la vuelta al mundo), menos de 24 horas antes, sin dudas hizo su aporte en ese sentido, aunque no fue el único aspecto.

De cara al 6 el gobierno busca retomar la iniciativa y sigue negociando con sus “aliados” (los bloques dialoguistas, los gobernadores de todos los palos políticos) para reunir los votos. Los medios señalan que ya circularon más de 15 borradores de texto final, modificando el dictamen de mayoría que aprobaron en comisiones en mayo. Aún no está claro que lleguen a un acuerdo, pero sí está claro que se está preparando una gran movilización para rechazar esta infame ley.

El proyecto tiene varios capítulos. En los últimos días mucho se está hablando de la entrega nacional de tierras que implica la modificación de la conocida como “Ley de Tierras” (26.737), de los desalojos exprés (modificaciones al Código Procesal Civil y Comercial y al Código Civil y Comercial) y de la legalización de los incendios para hacer negociados con las tierras (modificaciones a la Ley de Manejo del Fuego).

Sin embargo, la ley también tiene un aspecto antiobrero saliente: la modificación de la Ley de Expropiaciones (21.499), que está redactada a la medida de la patronal de Fate y de tantas otras empresas que bajan la persiana dejando a miles de familias en las calles. Una vez más, el principio rector de clase del gobierno es que la “inviolabilidad de la propiedad privada” que defiende es la de los medios de producción.

Los cambios a la Ley de Expropiaciones

La Ley de Expropiaciones es, fundamentalmente, la que regula en qué casos y bajo qué circunstancias el Estado puede proceder a la declaración de utilidad pública y expropiación de un bien. Por supuesto, y más aún siendo un decreto-ley que data del 1977, está alineada con la “inviolabilidad de la propiedad privada” que plantea la propia Constitución Nacional, por lo cual es una norma bastante restrictiva.

Las modificaciones que propone el proyecto de Sturzenegger y el gobierno de Milei refuerzan en todos los puntos la defensa del interés patronal. Para comenzar, establece distintas restricciones y trabas a la hora de declarar un bien de “utilidad pública”. Es insistente el proyecto en que no pueden existir “medios menos lesivos” para alcanzar “el fin perseguido” por la declaración de utilidad pública, y que esta última tendrá una “interpretación restrictiva”. Estas definiciones, que parecen algo ambiguas, están al servicio de que la Justicia trabe cualquier expropiación y siempre se falle favorablemente al dueño original.

Bajo el régimen actual, las expropiaciones son todas con pago (indemnización por el valor del inmueble), en función del carácter “inviolable” de la propiedad privada. Pero el proyecto integra varios puntos a esa “indemnización”, siendo el más destacado el del “lucro cesante”, algo que en la ley vigente actualmente está explícitamente excluido. Es decir que el Estado no solo debe pagar el valor del bien expropiado (ahora calculado bajo “valor de mercado”, es decir la opción más favorable al propietario), sino también las ganancias potenciales que el dueño hubiera obtenido en un plazo a determinar. El proyecto suma que no habrá transferencia de dominio hasta el pago de la indemnización, y que la misma será actualizada por IPC más una tasa de interés si hubiera demora en su concreción. Todas medidas que desincentivan desde un punto de vista económico cualquier expropiación.

Por último, el proyecto modifica el capítulo sobre la posibilidad de una “ocupación temporánea”, que es justamente el planteo de los trabajadores de Fate y su sindicato, el Sutna, frente al cierre de la fábrica. Esta figura implica la declaración de utilidad pública del bien (por ejemplo, la fábrica Fate y su maquinaria). El proyecto limita a 90 días la medida (hasta ahora “lapso necesario”, a determinar según el caso), y también incorpora interpretaciones restrictivas sobre cuándo puede resolverse una ocupación temporánea (solo en “estado de necesidad”, debiendo acreditar “urgencia, proporcionalidad e inexistencia de alternativas menos lesivas”). También integra el lucro cesante para el propietario, siendo que hasta ahora la indemnización solo contempla el valor de uso y los perjuicios ocasionados al bien (por ejemplo, el arreglo de la maquinaria que pudo romperse en el período de ocupación temporánea). Por último, y no menor, el proyecto plantea que sea solo el Poder Ejecutivo Nacional el que pueda disponer una ocupación temporánea.

La lucha de los trabajadores de Fate y de la clase obrera

Es claro que estas modificaciones a la Ley de Expropiaciones se relacionan directamente con la lucha de los obreros de Fate, que desde el 18 de febrero ocupan la fábrica contra el cierre y los despidos de la patronal de Madanes Quintanilla. Particularmente el capítulo de ocupación temporánea, que deja todo en manos del Poder Ejecutivo Nacional, apunta a desarmar el reclamo del Sutna, que elaboró un proyecto que ya fue presentado en el Congreso Nacional, en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires y que fue presentado al gobernador Kicillof -que sin embargo nunca los recibió.

En términos generales, el proyecto pretende atacar un recurso del cual se valió la clase obrera en distintas oportunidades contra los cierres, vaciamientos, lockouts y quiebres truchos de empresas, en defensa de los puestos de trabajo. Los planteos de expropiación han sido banderas de lucha importantes, con casos trascendentes como el Hotel Bauen, la textil Brukman, la ceramista Zanón, la gráfica MadyGraf (ex Donnelley), la Clínica San Andrés (en Tres de Febrero, cerrada en plena pandemia) o la fábrica de alfajores La Nirva en La Matanza, entre muchísimos otros casos. Al planteo de ocupación temporánea de Fate realizado por el Sutna, se suma el proyecto de la comisión interna de Morvillo.

El 6, todos al Congreso contra esta ley infame

El proyecto que el gobierno busca aprobar el jueves 6 de agosto es un ataque a varias bandas con un fuerte contenido de clase. De ninguna manera este proyecto viene a defender la propiedad del trabajador o del pequeño ahorrista, sino a blindar la de los empresarios y el gran capital. Con el cierre de más de 24.000 empresas desde que asumió Milei como marco, este proyecto blinda aún más la posibilidad de que los capitalistas cierren plantas con el objetivo de reconvertirlas o vender el inmueble, destruyendo miles puestos de trabajo.

Contra la entrega nacional de tierras, contra la legalización del fuego para hacer negocios, contra los desalojos exprés de las familias trabajadoras y de las comunidades originarias, y contra este blindaje a las patronales, el 6 de agosto hagamos una gran movilización. Un plan de lucha en serio de todo el movimiento obrero no puede saltearse esta instancia, que debería servir también para respaldar incondicionalmente y reforzar la emblemática ocupación de Fate, apoyando el proyecto por la continuidad productiva.

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