Políticas
11/4/2025
Persecución política
Presentamos la apelación al procesamiento de Vanina Biasi
El fallo del juez Rafecas es un golpe a la libertad de expresión y un acto de discriminación. Antisionismo no es antisemitismo

Seguir
Integrante de Judíes x Palestina
La solidaridad con Vanina Biasi entre distintos sectores sociales es abrumadora
El equipo de la Asociación de Profesionales en Lucha (Apel) apeló el fallo del juez Daniel Rafecas que procesa a la diputada nacional del PO y el FIT-U Vanina Biasi en la causa trucha iniciada por el fiscal Stornelli a fines de 2023, continuada por el fiscal Taiano con las querellas de la Daia (Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas) y la operadora mediática Romina Manguel. Como señalamos anteriormente, el fallo llega con sus plazos legales vencidos y se lanza oportunamente en el inicio de la campaña electoral de CABA con una clara intencionalidad política.
El masivo apoyo recibido por Vanina recorre a periodistas, activistas y organizaciones judías, referentes de la colectividad árabe, organismos de derechos humanos, sindicatos, colectivos de mujeres y referentes políticos. El tiro del sionismo sale por la culata: este fallo generó una oleada de solidaridad ante la persecución política y el ataque a la libertad de expresión y al mismo tiempo amplificó aún más las denuncias de la continuidad y agravamiento del genocidio en curso en Palestina por parte del ejército israelí.
El fallo de Rafecas en calidad de juez instructor no es más que una toma de posición política por los argumentos esgrimidos por los defensores del Estado de Israel encarnados en el fiscal, la querella y los "especialistas" consultados.
Lejos de cualquier rigurosidad legal, fuerza la tipificación penal a la medida de su postura ideológica a favor del sionismo, interviniendo políticamente en un debate que debiera procesarse públicamente y fuera de los tribunales de Comodoro Py.
Daniel Rafecas ha sido partícipe de eventos de la Daia en numerosas ocasiones, ha recibido condecoraciones de la entidad, y no es capaz de actuar de forma imparcial. Vanina Biasi podría haber recusado al juez por conflicto de intereses, pero eligió dar la batalla política clarificando los intereses y posiciones que hay en juego.
El procesamiento es un avasallamiento a la libertad de expresión e instaura el delito de opinión, violando la ley 23.592. Mientras que la acusación sobre Biasi es haber violado el artículo 3 emitiendo mensajes discriminatorios, se viola el artículo 1 de la misma ley que busca evitar la discriminación de las opiniones políticas. Se pretende, incluso, que por la condición de referente política y diputada, Vanina Biasi deba tener una limitación especial en sus opiniones debido a su potencial repercusión. El absurdo es total, es la libertad de expresión de los opositores políticos al régimen la que más debe protegerse sin limitaciones.
El núcleo ideológico del fallo es la igualación de sionismo y judaísmo. Sobre esta premisa, se transforma toda crítica política al Estado de Israel y al movimiento sionista en una ofensa a la colectividad judía, se equipara la postura política antisionista con el prejuicio judeófobo o antisemita. Pero aquí aparece justamente el segundo acto de discriminación por parte del juez al hacer suyos los argumentos sionistas, esta vez para con los cientos de miles de judíos y judías en todo el mundo que no se identifican con el sionismo ni defienden al Estado de Israel.
Al inventar una unidad monolítica del pueblo judío que supuestamente tendría una única voluntad de autodeterminación (siendo esta la de constituir el Estado de Israel en la tierra de Palestina, violando la autodeterminación del pueblo palestino) incurre en uno de los razonamientos clásicos del antisemitismo: asumir que todo judío es responsable por el accionar de Israel y acuerda con este Estado y su gobierno. Es la piedra angular de razonamientos judeófobos que plantean que todo judío es más leal a Israel que a su propio país por el hecho de ser judío, que buscan segregar y hasta expulsar a los judíos de sus sociedades.
Rafecas ignora o falta el respeto a todos los judíos y judías del mundo que se consideran antisionistas, sea porque les niega su identidad judía o porque les niega su postura política, siendo en ambos casos una conducta discriminatoria.
En la indagatoria y en las presentaciones de la defensa se dan sobrados ejemplos de activistas, académicos y organizaciones colectivas numerosas de judíos y judías cuyo lema principal es “no en nuestro nombre”, incluso existiendo una red internacional denominada GLOBAL JEWS FOR PALESTINE que integra a 24 organizaciones de 18 países, incluyendo Estados Unidos, Canadá, México, Brasil, Argentina (Judíes x Palestina), Sudáfrica, Nueva Zelanda, Australia, Reino Unido, Francia, España, Países Bajos, Alemania y hasta dentro de Israel.
En esta apelación destacamos el Informe de la Relatoría Especial de la ONU sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, Irene Khan, del 23 de agosto de 2024 que manifiesta que “El sionismo no es una característica inherente a una persona o grupo, por lo que es erróneo equiparar el antisionismo con el antisemitismo." Además que “El antisemitismo es una forma grave de odio racial y religioso que debe condenarse. Sin embargo, la lucha contra el antisemitismo no debería instrumentalizarse ni politizarse para proteger a Israel o bloquear las críticas contra la ideología política del sionismo. La “definición de trabajo” de antisemitismo de la Alianza Internacional para la Recordación del Holocausto es incompatible con el derecho internacional de los derechos humanos y no debería utilizarse para definir políticas o regular la expresión."
Rafecas hace propias las opiniones de los "especialistas" convocados por la querella (Travieso, Fiumara y Loguzzo) en cuanto a una supuesta “desmesura” en las críticas que Biasi realiza al Estado de Israel. Los tres, y por añadidura el juez, se arrogan, desde un lugar para nada imparcial, la potestad de definir cuándo una crítica es “medida” y cuándo es “desmedida”. Se erigen así como árbitros del debate político, imponiendo límites a la libertad de expresión. Estos actores políticos, defensores del Estado de Israel y adherentes a la ideología sionista, buscan decirles a sus opositores hasta qué medida es válido criticarlos.
Si un argumento es malo o poco fundamentado, si una opinión es “desmedida” o carente de sustento, se caerá por su propio peso en el debate y en el intercambio, cosechando pocos adherentes. La búsqueda de censurar una opinión, de endilgarle “antisemitismo” a una crítica política a un Estado o a una ideología política, muestra en realidad todo lo contrario, un afán de silenciar, de quitar del debate elementos que no pueden ser refutados debido a la terrible realidad que está a la vista de todos, con un genocidio en curso, como denuncian la ONU, Amnistía Internacional, el Estado de Sudáfrica y las decenas de Estados adherentes a su denuncia ante la Corte Penal Internacional, y el Instituto Lemkin para la Prevención del Genocidio.
Como dijimos al comienzo, el procesamiento es plenamente político. Desde la defensa de Vanina presentamos fuentes, especialistas y argumentos para contraponer y desmentir cada uno de los elementos de la acusación. Frente a la definición de antisemitismo de la IHRA (siglas en inglés de la Alianza Internacional para la Memoria del Holocausto) opusimos la de la Declaración de Jerusalem. Frente a los "análisis expertos" de Finnochiaro, Fiumara y Loguzzo, presentamos documentos redactados por Gerardo Leibner (historiador uruguayo, radicado en Israel, profesor de la Universidad de Tel Aviv) y por Silvana Rabinovich (Doctora en Filosofía en la Unam, maestra en Filosofía de la Facultad de Humanidades de la Universidad Hebrea de Jerusalén). La declaración indagatoria de Vanina Biasi es de por sí un alegato concluyente que echa por tierra cualquier acusación. Pero Rafecas simplemente ignora todo lo presentado por la defensa y emite un fallo que podría haber redactado la propia querella sin modificar una coma.
Visto el contenido de la causa y los argumentos expuestos, es evidente que la judicialización del debate se hace con el objetivo de la persecución política y judicial, para castigar a Vanina Biasi y por esta vía amedrentar a otros sectores para evitar que se solidaricen con la resistencia del pueblo palestino y condenen el genocidio llevado a cabo por el Estado de Israel. Por eso este fallo ha sido agitado por el sionismo como si constituyera en sí mismo una condena.


Estamos ante un extraño caso en el cual la persona que supuestamente incita a la violencia es la violentada por quienes serían las supuestas y potenciales víctimas (hostigada por redes sociales y amenazada en forma directa, lo cual motivó una investigación judicial). Ningún acto violento contra la colectividad judía resultó de los dichos de Vanina, es por este motivo que no fue incorporado elemento alguno en la causa. Toda la argumentación falaz se procesa en forma potencial, porque la "incitación al odio y la discriminación" solo existe en el relato sionista.
Como afirmó Vanina Biasi en una entrevista, no vamos a callarnos y no vamos a dejar de denunciar los crímenes del Estado de Israel. Al contrario, tomamos la causa, este procesamiento, y un eventual juicio, como oportunidades para amplificar la denuncia contra el sionismo, para apoyar al pueblo palestino y para involucrar a más sectores de la sociedad en esta pelea que une la defensa de la libertad de expresión con la defensa de los derechos humanos frente a la barbarie imperialista. En los tribunales, en los medios, en las calles y en cada oportunidad que tengamos, por una Palestina libre.
Será justicia.
Texto completo de la apelación

